APLICACIÓN DEL R.D. 732/2019 POR EL QUE SE MODIFICA EL CTE

A partir del 23 de septiembre de 2020 es de de aplicación obligatoria el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

La aplicación voluntaria del presente R.D. establecida en 6 meses (hasta el 27/06/2020) se prorrogó hasta el 23 de septiembre de 2020

Es obligatoria la aplicación para todas aquellas obras que soliciten licencia a partir del 24/09/2020

Con la prórroga del estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 se estableció que desde el 1/06/2020 se reanudaría el cómputo de los plazos administrativos suspendidos de acuerdo el Real Decreto 463/2020.

Obras con licencia obtenida entre 28/12/2019 (día siguiente a la publicación del RD 732/2019 en el BOE) y el 14/03/2020 (publicación del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma)

  • se determinará conforme a lo que se indica en el presente enlace

Obras con licencia obtenida entre 14/03/2020 (publicación del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma) y el 1/06/2020 (fecha en que se reanuda el cómputo de plazos administrativos).

  • las obras deberán comenzar en los plazos establecidos en la licencia, contabilizados a partir del 1 junio.
  • si no se establecen plazos en la licencia, las obras deberán comenzar en el plazo de 6 meses desde el 1 de junio